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    <title>Impacto Venezuela</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas y contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en tu ciudad.</subtitle>
    <updated>2026-05-11T10:05:06+00:00</updated>
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            Ministro del Trabajo pide &quot;confianza&quot;: asegura que medida del &quot;ingreso integral&quot; es &quot;temporal&quot;
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        <link rel="alternate" href="https://impactove.com/ministro-del-trabajo-pide-confianza-asegura-que-medida-del-ingreso-integral-es-temporal" type="text/html" title="Ministro del Trabajo pide &quot;confianza&quot;: asegura que medida del &quot;ingreso integral&quot; es &quot;temporal&quot;" />
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                <![CDATA[Impacto Venezuela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CeXUXvVeYaxZZqAuzVT0SulBLkc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://impactovecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/carlos_castillo_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>El ministro del Trabajo, Carlos Alexis Castillo, afirmó este domingo que la medida del ingreso mínimo integral se trata de una medida “absolutamente transitoria” y que forma parte de la primera fase de ajustes en materia salarial.</p><p>En una entrevista en el programa Abriendo Puertas, el funcionario pidió confianza a los trabajadores.&nbsp;</p><p>También aseguró que la decisión responde a un contexto coyuntural. “Estamos pidiendo confianza en el país, confianza a los trabajadores y trabajadoras a los efectos de que entiendan que esta es una decisión absolutamente transitoria”, expresó.</p><p>Insistió en que se harán cambios más profundos en la estructura salarial y en el sistema de beneficios laborales.&nbsp;</p><p>“Esta es una primera medida que tomamos ahora el 1 de mayo, pero ahora vamos a medidas más profundas, más estructurales con respecto al salario y con respecto a todos los beneficios sociales y laborales”, dijo.</p><p>Ratificó que la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, mantiene conversaciones con sectores empresariales y económicos para evitar impactos en los precios y el abastecimiento. Por ello dijo que se buscan mecanismos para evitar &nbsp;incrementos “irresponsables” que generen inflación.</p><p>“Estamos sentados con los sectores económicos, con los sectores empresariales para evitar que eso ocurra y por eso, responsablemente, estamos conteniendo la posibilidad de dar un aumento irresponsable que vaya a disparar los precios”, sostuvo.</p><p>Lea también: Ministro del Trabajo ratifica que los bonos son la mejor alternativa para mejorar "el ingreso integral", por el momento&nbsp;</p>La ley del Trabajo<p>&nbsp;</p><p>Sobre una eventual reforma de la Ley del Trabajo, planteó que es necesario actualizarla en función de la realidad social del país.</p><p>En este sentido, adelantó que el actual sistema de prestaciones sociales presenta fallas en su aplicación, especialmente en el sector público.</p><p>Asimismo, opinó que el sistema laboral debería considerar la sostenibilidad económica del Estado, del empresariado y de los trabajadores. “Tenemos que buscar un sistema que de verdad sea sustentable tanto para el país, para los empresarios y también para los trabajadores”, sostuvo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/CeXUXvVeYaxZZqAuzVT0SulBLkc=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://impactovecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/carlos_castillo_2.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>“Tenemos que buscar un sistema que de verdad sea sustentable tanto para el país, para los empresarios y también para los trabajadores”.]]>
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                                <category term="noticias" label="Noticias" />
                <updated>2026-05-11T10:05:06+00:00</updated>
                <published>2026-05-11T09:44:20+00:00</published>
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            Ministro del Trabajo ratifica que los bonos son la mejor alternativa para mejorar &quot;el ingreso integral&quot;, por el momento
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                <![CDATA[Impacto Venezuela]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y3TnYvFBWUC3AMPLEnbt9QGCwoM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://impactovecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/carlos_castillo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>&nbsp;</p><p>El ministro para el Proceso Social de Trabajo, Alexis Castillo, pidió confianza a la población en el sentido de que el Ejecutivo alista mecanismos de remuneración que sean responsables y no inflacionarios, pero mientras tanto, el mecanismo de los bonos es el más responsable para mejorar el ingreso integral.</p><p>"Lo único que pedimos al pueblo es confianza. Sé que no es fácil con el bolsillo vacío, pero estamos revisando todo", dijo el ministro en entrevista con Globovisión.</p><p>Ratificó el compromiso del Gobierno de continuar con la política de bonificaciones y ajustes progresivos bajo el esquema de protección integral.</p><p>Asimismo, explicó la estrategia del Gobierno para el ajuste de las remuneraciones en el país.&nbsp;</p><p>Dijo quela figura del "ingreso integral" es una herramienta para proteger la estabilidad económica y evitar retrocesos financieros.</p><p>"Los aumentos tenemos que hacerlos de manera responsable y por eso es que estamos buscando un mecanismo que es el ingreso integral que también es salario. Lo que pasa es que el ingreso integral no multiplica", dijo.</p><p>​Revisión del concepto de salario</p><p>​ Castillo sostuvo que el Gobierno se encuentra en un proceso de revisión de todas las normativas.</p><p>&nbsp;"Las leyes laborales no son inamovibles. Ninguna norma jurídica lo es; todas evolucionan y cambian para bien", afirmó.</p><p>Expresó que la adaptabilidad legal es clave para responder a la realidad económica actual.</p><p>"El concepto de ingreso integral también constituye salario, pero con una estructura que busca controlar el impacto en el gasto público".&nbsp;</p><p>Según explicó, la aplicación de un concepto "amplio de salario" en ciertos contratos colectivos del sector público puede llegar a multiplicar las incidencias hasta por ocho veces, lo cual calificó como "insostenible" para las finanzas del Estado en este momento.</p><p>​Subrayó que la prioridad es que los incrementos otorgados no se diluyan debido a procesos inflacionarios. "Estamos otorgando los aumentos que podemos hacer responsablemente para que no se conviertan en sal y agua".</p><p>​Recordó los periodos de crisis de años recientes, marcados por la escasez de productos básicos, como un escenario que se busca evitar a toda costa mediante una gestión fiscal prudente.&nbsp;</p><p>En este sentido, reiteró que la instrucción de la Presidencia de la República es evitar "aumentos falsos inflacionarios" que puedan provocar una implosión de la economía nacional.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/y3TnYvFBWUC3AMPLEnbt9QGCwoM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://impactovecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/carlos_castillo.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Pide confianza en el Ejecutivo para lograr remuneraciones que no sean inflacionarias]]>
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                <updated>2026-05-06T19:50:07+00:00</updated>
                <published>2026-05-06T19:38:41+00:00</published>
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            ¡Dos años más! GOBIERNO ORDENA EXTENSIÓN DE INAMOVILIDAD LABORAL hasta 2024 (cronología)
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/bGFN6_W--EXKnKJKoeOrlkCkXMk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://impactovecdn.eleco.com.ar/media/2022/12/gaceta-oficial.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>
El decreto de inamovilidad laboral se viene extendiendo desde el año 2000, prácticamente durante toda la gestión chavista en el país



<p>La administración de Nicolás Maduro prorrogó por dos años más un decreto de inamovilidad laboral, mediante el que prohíbe los despidos de empleados, tanto del sector público como del privado, hasta 2024, informó este miércoles el ministro para el Trabajo, Francisco Torrealba.</p>



<p>“Continuando con la política de protección de los trabajadores, nuestro (…) presidente y comandante en jefe, Nicolás Maduro, ordenó prorrogar la inamovilidad laboral hasta el 31 de diciembre de 2024”, escribió Torrealba en su cuenta de Twitter.</p>



<p>Esta extensión empezará a contar a partir del 1 de enero de 2023, con el fin de “proteger el derecho al trabajo”.</p>



<p>“Los trabajadores amparados por el presente decreto no podrán ser despedidos, desmejorados o trasladados sin justa causa calificada previamente por el Inspector del Trabajo de la jurisdicción”, reza el escrito.</p>



<p>Venezuela cuenta con una Ley de Trabajo que establece el pago doble en caso de despidos injustificados y el cálculo de las prestaciones con base en el último salario.</p>




<p lang="es" dir="ltr">#28Dic Sale en gaceta oficial la nueva extensión de la &quot;inamovilidad laboral&quot; hasta 2024. ¿Opiniones? ?? pic.twitter.com/Up2u7rd0xl</p>&mdash; ImpactoVenezuela (@ImpactoVE) December 28, 2022




<p>Lea también: ¡Por si faltaba algo! INCREMENTADAS TARIFAS DE TRANSPORTE URBANO (Gaceta Oficial)</p>



Cronología de la inamovilidad general



<p>La inamovilidad laboral del sector público y privado llegó para quedarse durante los gobiernos del chavismo en Venezuela.</p>



<p>En el año 2001 se decretó la primera y desde entonces se ha extendido hasta ahora.</p>



<p>Incluso antes, en el año 2000 la Asamblea Nacional declaró una inamovilidad laboral de condición especial, para atender a los trabajadores que quedaron en condición de damnificados por la tragedia de Vargas y en otros estados del país.</p>



<p>A continuación le presentamos la cronología de decretos de inamovilidad laboral en Venezuela a partir de este milenio, según la Organización de Jurisprudencia del Trabajo (OJDT):</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 37.298, de fecha 5 de Octubre de 2001: Decreto Nº 1.472, mediante el cual se establece como cláusula irrenunciable en beneficios de los trabajadores y trabajadoras tanto del sector público como del sector privado, inamovilidad laboral especial, hasta el 30 de noviembre del presente año con motivo de estar realizándose el proceso de relegitimación sindical.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 5.585 Ext., de fecha 28 de Abril de 2002: Decreto 1.752 mediante el cual se fija el salario mínimo mensual obligatorio para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, en los términos que en él se indican (establece inamovilidad por el término de 60 días continuos).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 37.472, de fecha 26 de Junio de 2002: Decreto Nº 1833, mediante el cual se prorroga por&nbsp; treinta (30) días continuos la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y el sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 37.491, de fecha 25 de Julio de 2002: Decreto Nº 1.889, mediante el cual se prorroga hasta por noventa (90) días continuos la inamovilidad laboral especial.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 5.607 Ext., de fecha 24 de Octubre de 2002: Decreto Nº 2.053, mediante el cual se prorroga hasta el quince (15) de enero del año dos mil tres (2003) la inamovilidad laboral especial, dictada a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector público.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 37.608, de fecha 13 de Enero de 2003: Decreto Nº 2.271, mediante el cual se prorroga desde el 16 de enero de 2003 hasta el día 15 de julio de 2003, la inamovilidad laboral especial, dictada a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector público, regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 37.731, de fecha 14 de Julio de 2003: Decreto Nº 2.509, mediante el cual se prorroga desde el 16 de Julio de 2003 hasta el día 15 de enero de 2004, ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial, dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 37.857, de fecha 14 de Enero de 2004: Decreto Nº 2.806, mediante el cual se prorroga, desde el dieciséis (16) de enero del año dos mil cuatro (2004) hasta el treinta (30) de septiembre del año dos mil cuatro (2004), la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 38.034, de fecha 30 de Septiembre de 2004: Decreto Nº 3.154, mediante el cual se prorroga, desde el primero (01) de octubre del año dos mil cuatro (2004) hasta el treinta (30) de marzo del año dos mil cinco (2005), la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo.</p>



<p>Gaceta Oficial No. 38.154, de&nbsp; fecha&nbsp; 29 de Marzo de 2005: Decreto&nbsp;No. 3.546.&nbsp; Se prorroga desde el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil cinco (2005) hasta treinta (30) de septiembre del año dos mil cinco (2005), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 3.154, de fecha treinta (30) de septiembre del año dos mil cuatro (2004), publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela No. 38.034, de esa misma fecha.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 38.280, de fecha 26 de septiembre de 2005: Decreto&nbsp; Nº&nbsp;3.957.&nbsp;Se prorroga desde el primero (01) de octubre del año dos mil cinco (2005) hasta el treinta (31) de marzo del año dos mil seis (2006), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 3.546, de fecha trece (28) de Marzo del año dos mil cinco (2005), publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela No. 38.154, del día veintinueve (29) del mismo mes y año.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 38.410, de fecha 31 de Marzo de 2006: Decreto 4.397. Se prorroga desde el primero de abril del año dos mil seis (2006) hasta el treinta (30) de septiembre del año dos mil seis (2006), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 3.957, de fecha veintiséis (26) de septiembre del año (2005).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 38.532, de fecha 28 de Septiembre de 2006: Decreto Nº 4848.Se prorroga desde el primero (1º) de octubre del año dos mil seis (2006) hasta el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil siete (2007), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 4.397 de fecha veintisiete (27) de marzo del año dos mil seis (2006), publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela Nº 38.410 de fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil seis (2006).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 38.656, de fecha 30 de Marzo de 2007: Decreto 5.265. Se prorroga desde el primero de abril del año dos mil siete (2007) hasta el treinta (31) de diciembre del año dos mil seis (2007), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 4.848, de fecha veintiséis (26) de septiembre del año (2006), publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela Nº 38.532 de fecha veintiocho (28) de septiembre del año dos mil seis (2006).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 38.839, de fecha 27 de Diciembre de 2007: Decreto Nº 5.752. Se prorroga desde el primero (1º) de enero del año dos mil ocho (2008) hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil ocho (2008), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 5.265 de fecha veinte (20) de marzo del año dos mil siete (2007), publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela Nº 38.656 de fecha treinta (30) de marzo del año dos mil siete (2007).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 39.090 de fecha 2 de Enero de 2009: Decreto Nº 6.603. Se prorroga desde el primero (1º) de enero del año dos mil nueve (2009) hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil nueve (2009), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 5.752, publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela Nº 38.839 de fecha veintisiete (27) de diciembre del año dos mil siete (2007).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 39.334 de fecha 23 de Diciembre de 2009: Decreto Nº 7.154. Se prorroga desde el primero (1º) de enero del año dos mil diez (2010) hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diez (2010), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 6.603, publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela Nº 39.090 de fecha dos (02) de Enero del año dos mil nueve (2009).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 39.575 de fecha 16 de Diciembre de 2010: Decreto Nº 7.914. Se prorroga desde el primero (1º) de enero del año dos mil once (2011) hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil once (2011), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo, contenida en el Decreto Nº 7.154, publicado en&nbsp;la Gaceta Oficial&nbsp;de&nbsp;la República Bolivariana&nbsp;de Venezuela Nº 39.334 de fecha veintitrés (23) de diciembre del año dos mil nueve (2009).</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 39.828 de fecha 26 de Diciembre de 2011: Decreto Nº 8.732. Se establece desde el veintiséis (26) de diciembre del año dos mil once (2011) y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil doce (2012), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 40.079 de fecha 27 de Diciembre de 2012: Decreto Nº 9.322. Se establece desde el primero (1º) de enero del año dos mil trece (2013) y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil trece (2013), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por&nbsp;la Ley Orgánica&nbsp;del Trabajo,&nbsp;los Trabajadores y las Trabajadoras.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 40.310 de fecha 06 de Diciembre de 2013: Decreto Nº 639. Se establece desde el primero (1º) de enero del año dos mil catorce (2014) y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil catorce (2014), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.</p>



<p>Gaceta Oficial Nº 40.571 de fecha 30 de Diciembre de 2014: Decreto Nº 1.583. Se establece desde el primero (1º) de enero del año dos mil quince (2015) y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil quince (2015), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.</p>



<p>Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.207&nbsp;de fecha 28 de Diciembre de 2015: Decreto Nº 2.158. Se establece desde el primero (1º) de enero del año dos mil dieciséis (2016) y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.</p>



<p>Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.419&nbsp;de fecha 28 de Diciembre de 2018: Decreto Nº3.708. Se establece desde el primero (1º) de enero del año dos mil diecinueve (2019) y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil veinte (2020), ambas fechas inclusive, la inamovilidad laboral especial dictada a favor de los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.</p>



<p>Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.520 de fecha 23 de marzo de 2020: Decreto Nº 4.167. Se ratifica la inamovilidad laboral de las trabajadoras y los trabajadores del sector público y privado regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, hasta el Treinta y Uno (31) del año dos mil veinte (2020).</p>



<p>Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.611 de fecha 31 de diciembre de 2020: Decreto Nº 4.414. mediante el cual se establece la inamovilidad laboral de las trabajadoras y trabajadores del sector público y privado regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, por un lapso de dos (2) años, hasta el Treinta y Uno (31) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).</p>
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                <updated>2022-12-28T17:55:47+00:00</updated>
                <published>2022-12-28T17:55:41+00:00</published>
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            DESTIERRO Y HAMBRE en pandemia 41,1% de los migrantes venezolanos quedó sin trabajo
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La organización Un Mundo Sin Mordaza presentó este jueves su informe sobre el impacto de la pandemia en los migrantes venezolanos



<p> “Me dejó sin empleo, sin casa ni que comer; me dejó en un país ajeno, sin nada”, dicen los migrantes venezolanos de la pandemia que tiene al planeta azotado.</p>



<p>Este es uno de los muchos testimonios que recopila el informe «Impacto del COVID-19 en la doiáspora venezolana» elaborado por la ONG Un Mundo Sin Mordaza.</p>



<p>Su presidente Rodrigo Diamanti manifestó su preocupación por la situación que viven los más de 5.2 millones de migrantes venezolanos en todos el mundo.</p>



<p>Hizo especial hincapié en los migrantes que durante la  pandemia se han quedado sin hogar, sin empleo y hasta sin alimentos para comer.</p>



<p>Duamanti presentó este jueves el informe este jueves y dijo que «5.2 millones de venezolanos se han diso de nuestro país huyendo de las crisis producida ppr la dictadura».</p>



<p>Además, resaltó que muchos de ellos «no cuentan con seguridad social ni con un trabajo estable».</p>



<p>Precisó que durante la pandemia, «más de cien mil se vieron en la necesidad de volver a su tierra a pesar de las adversidades».</p>



<p>Lea también: Defensores de Roland Carreño impugnarán privativa de libertad contra el periodista</p>



Emigran en familia



<p>Un Mundo Sin Mordaza reunió un grupo de organizaciones que se encargaron de realizar las entrevistas entre abril y agosto de 2020 a más de 2.551 migrantes venezolanos en 25 países.</p>



<p>Los resultados arrojaron que los países en los que la diáspora venezolana se encuentra más afectada coinciden con los países que tienen el mayor número de ciudadanos venezolanos en su territorio: Colombia, EE.UU., Chile, Perú y España.</p>



<p>Activistas internacionales, Hanoi Reyes, presidenta de Venezolanos en Omaha y Daniel Bastrado, presidente de Venezolanos en Memphis, explicaron que quienes emigran generalmente lo hacen en familia.</p>



<p>«Solo 10% de venezolanos emigran solos».</p>



<p>Aseguran que la pandemia ha afectado al grupo familiar, tanto en el exterior como en Venezuela.</p>



<p>«Tenemos un gran porcentaje de venezolanos sin ingresos: 71% está sin trabajo mientras que 47.2% de las familias no tiene ingresos», expresó Reyes.</p>



<p>Asimismo, el estudio reveló que 41,1% de los migrantes venezolanos quedó desempleado durante la pandemia y 17,2% se mantiene laborando pero no perciben salario.</p>



<p>«Producto de la falta de ingresos, 69,2% de los consultados considera difícil o muy difícil cubrir sus gastos de alimentación», según nota de prensa.</p>



<p>También se conoció que 72,6% de las familias no tiene ahorros, mientras que el 16,4% piensa usar el dinero ahorrado para cubrir gastos corrientes. </p>



<p>«El 5,8% usará sus ahorros para enviar dinero a Venezuela pero un 52,5% manifestó que no podrá hacerlo».</p>



<p>“El impacto de la pandemia en los venezolanos es devastador», concluyó Bastardo.</p>



Países sin recursos



<p>Ambos especialistas mostraron su preocupación por la falta de recursos legales en los países de acogida que impiden que los venezolanos se beneficien de los servicios de salud, identidad y empleos estables.</p>



<p>“Estos datos son un grito de ayuda para los organismos internacionales que deben entender que la situación de los migrantes venezolanos es difícil pero como ellos la están manejando, no es la manera adecuada”, señaló Reyes.</p>



<p>“Los resultados del estudio han sido tristes y reveladores”, expresó Diamanti. </p>



<p>Coincidió con Reyes en que es necesario que los países receptores, organismos multilaterales, empresa privada y sociedad civil emprendan acciones ya sea de forma conjunta o separada con el propósito de mitigar el impacto que la pandemia ha tenido en la migración venezolana.</p>



<p></p>
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                <updated>2020-10-29T15:49:44+00:00</updated>
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